Ley del Lobby en Chile: qué y cómo publicar en la web institucional
Un programa informático desarrollado por Applicatta permite administrar las solicitudes de reunión exigidas por la Ley del Lobby.
Entre otras autoridades, los intendentes, gobernadores, consejeros, alcaldes, concejales y directores de empresas autónomas del Estado también están obligados por la Ley del Lobby a registrar audiencias, reuniones, viajes oficiales y obsequios recibidos producto del ejercicio de sus funciones.
Qué publicar en el sitio institucional
Deben darse a conocer todos los registros de la agenda pública de las autoridades, o funcionarios afectos, que estén relacionados con: reuniones o audiencias, viajes y donativos protocolares o regalos recibidos.